La biblioteca no es un espacio destinado al ocio o al descanso del alumnado, sino un lugar de trabajo. En ella están depositados, ordenadamente, un número considerable de libros a cuyo acceso y consulta tienen derecho todos los miembros de la comunidad educativa. Se halla al cuidado de personas encargadas de su organización y gestión. En la biblioteca habrán de observarse las siguientes normas:
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Como en cualquier otra aula o espacio del Centro regirán las mismas normas generales de respeto al mobiliario, higiene y comportamiento civilizado ya especificadas.
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El acceso a la biblioteca sólo será posible durante el horario establecido al efecto.
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A los libros y documentación depositados en la biblioteca tendrán acceso exclusivo los alumnos matriculados en el Centro, los profesores y el personal no docente.
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Para la realización de préstamos o consulta de libros será obligatoria la presentación del carnet de instituto o del DNI.
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En el interior de la biblioteca se permanecerá en silencio, a fin de no perturbar el trabajo de sus usuarios.
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Las entradas y salidas de la biblioteca se realizarán en los períodos entre clases, nunca durante éstas.
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Queda prohibido todo tipo de juegos en el interior de la biblioteca durante el horario establecido para sus funciones específicas.
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Las personas encargadas de la biblioteca serán las únicas con capacidad para proporcionar los libros. Ellas, igualmente, se ocuparán de proporcionar la información necesaria a los usuarios.
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El período de préstamo de los libros será de siete días. La no devolución en plazo de los libros prestados conllevará la pérdida del derecho a préstamo por un período de días equivalente.
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Ciertos volúmenes, por sus características, por su valor económico o por pertenecer a colecciones completas, estarán exentos de préstamo fuera del recinto de la biblioteca y sólo podrán ser consultados en el interior de ésta.
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Los departamentos deberán dar entrada a sus libros y videos en los registros de la biblioteca, aunque queden después depositados en los departamentos respectivos.
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Se podrán impartir clases en la biblioteca durante su horario específico, siempre que tengan como finalidad adiestrar a los alumnos en el manejo de la información y documentación allí depositada. A tal fin, deberá avisarse con suficiente antelación a las personas encargadas de la biblioteca.
- La reposición o, en su caso, reparación del material propio de la biblioteca que haya sido sustraído o deteriorado voluntariamente (por negligencia o comportamiento indebido), correrá a cargo del responsable o responsables de los hechos.
- El incumplimiento de cualquiera de las normas de la biblioteca, independientemente de otras sanciones, se penalizará, según los casos, con la pérdida temporal o definitiva del derecho a préstamo.